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viernes, 26 de abril de 2024

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Bonachera - Roscos de Loja

El juzgado de Loja condena a tres personas por la agresiones que sufrió un trabajador antes de una protesta sindical

Condena a una multa individual de 300 euros por una falta de lesiones y a indemnizar al agredido con 230 euros

El juzgado número uno de Loja ha condenado a tres personas por una falta de lesiones implícita en el “manotazo” y otras agresiones sufridas, en 2013 en este municipio, por un miembro de una comitiva sindical que había acudido a esta ciudad para protestar en el marco del conflicto laboral de las cafeterías del aeropuerto de Sevilla, explotadas por Grupo Abades.

El 16 de mayo, finalmente y después de que el conflicto se enquistase y motivase incluso un encierro permanente en la Catedral de Sevilla, ambas partes alcanzaron un acuerdo que incluía la readmisión del trabajador despedido.

Ahora, el Juzgado número uno de Loja ha dictado sentencia sobre el altercado ocurrido el 25 de abril de 2013. El denunciante, José Manuel Cabrera, junto a otros compañeros se traslado desde Sevilla a Loja a bordo de un autobús, con la intención de llevar a cabo una acción de protesta contra Grupo Abades. Cuando se encontraba fuera del vehículo “realizando indicaciones al chofer, “llegó una furgoneta pilotada por José Manuel G.G., y en la que viajaban también José María M.Y., Francisco Julián M.R., y Noemí A.C.

Tras detenerse la furgoneta, según la sentencia, José María M.Y. y Francisco Julián M.R. “se dirigieron hacia el denunciante para preguntarle si venían a manifestarse”, y después de que José Manuel Cabrera les respondiese “que no”, José María M.Y. le “propinó un manotazo”. Después de que Noemí A.C. se uniese al grupo, José Manuel Cabrera habría sido víctima de “una nueva agresión” al ser “golpeado repetidamente” antes de que los ocupantes de la furgoneta regresasen a la misma y reanudasen su marcha.

Dado el caso, la citada instancia judicial, en esta sentencia susceptible de recurso de apelación, condena a Francisco Julián M.R., a Noemí A.C. y a José María M.Y., a una multa individual de 300 euros por una falta de lesiones y a indemnizar al agredido con 230 euros. 

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