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jueves, 17 de abril de 2025

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Bonachera - Roscos de Loja

El Ayuntamiento de Loja convoca cinco plazas de bombero-conductor

El plazo de presentación de solicitudes en el registro general del Consistorio finaliza el próximo 25 de marzo de 2019 

El Ayuntamiento de Loja ha convocado cinco plazas de bombero/conductor, mediante el sistema de concurso-oposición libre, siendo el plazo de presentación de solicitudes en el registro general del Consistorio lojeño hasta el próximo 25 de marzo de 2019. 

El anuncio, publicado en el BOP del 25 de febrero y el BOE del 5, tiene por objeto la provisión en propiedad de cinco plazas de bombero-conductor vacantes en la plantilla de funcionarios en el Ayuntamiento de Loja y las que resulten vacantes entre el día de aprobación de estas bases de convocatoria y antes de la realización del último ejercicio de la fase de oposición; encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, categoría Bombero-Conductor, Grupo de clasificación C, Subgrupo C1.

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos:

• Ser español u otras nacionalidades legalmente establecidas.

• Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

• Estar en posesión del título de Bachillerato, Técnico Superior o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en su caso. Los/las aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los especificados en estas bases, deberán aportar certificación que reconozca la equivalencia por el organismo competente.

• El conocimiento adecuado del castellano, para los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el artículo 2º del R.D. 543/2001, de 18 de mayo.

• Estar en posesión del carnet de conducir vigente de la clase C, C + E.

• Compromiso de conducir vehículos oficiales del Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil en concordancia con el apartado anterior y de mantener en vigor el permiso de conducir exigido.

• No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función, conforme al cuadro de inutilidades que se acompaña a las presentes bases y que verificará mediante el oportuno reconocimiento médico.

• No haber sido condenado/a por delito doloso, ni separado/a del servicio de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

• No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

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