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miércoles, 12 de febrero de 2025

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Bonachera - Roscos de Loja

LP propone la normalización de las instalaciones de aire acondicionado en las fachadas de los edificios

Auspicia la redacción de una ordenanza que regule su colocación para evitar fealdades y molestias a la vecindad

Alumnos, Profesores Y Autoridades, En El Inauguración De La Muestra. Foto: Paula

El portavoz municipal de Loja Plural, Alejandro Ronda, ha presentado una moción para ser debatida en un próximo pleno de la corporación lojeña, por la que se regule la colocación de los aparatos de aire acondicionado en las fachadas de los edificios. Con ello se trataría de evitar la fealdad que estos dispositivos imprimen al paisaje urbano y los problemas que producen a los vecinos.

En los antecedentes, Ronda indica que “los sistemas de refrigeración y climatización han proliferado en los hogares de nuestro municipio, especialmente durante las dos últimas décadas. Puesto que no existe una normativa municipal que regule su instalación, en muchas ocasiones hemos visto como esta proliferación se ha dado sin control alguno, deteriorando el paisaje urbano y, a veces, creando una maraña sin sentido de aparatos eléctricos; todo esto sin contar con las molestias que los aparatos causan a vecinos y viandantes debido al ruido, la vibración y el agua que cae a la vía debido a la condensación”.

Por lo tanto, este portavoz propone que se elabore una ordenanza que regule la instalación de refrigeración y climatización teniendo en cuenta los siguientes apartados:

a) Los equipos de climatización, refrigeración o extracción de aire, vinculados a fachadas de edificios deberán disponer la salida del aire a la mayor altura posible, y siempre a más de 2,80 m. Y en ningún caso se producirán goteos al espacio público, habiendo de canalizar el agua procedente de la condensación a la red de desagües interior del local.

b) Las rejillas se dispondrán enrasadas con el plano de fachada.

c) En ningún caso la evacuación del aire podrá realizarse a galerías interiores o pasajes comerciales cubiertos.

d) En las fachadas de los edificios que cuenten con cualquier nivel de protección, la instalación quedará incorporada a los huecos de las ventanas, balcones o cierres, quedando ocultos por elementos tradicionales de corte de visión o producción de sombras (celosías, etc.).

e) Las medidas señaladas entre los diferentes elementos a que se alude (rejillas y huecos) se realizarán en verdadera magnitud en el caso de elementos situados en diferentes planos de fachadas, y a través del plano de la fachadas cuando sean coplanarios; no se tendrá en cuenta la existencia de voladizos, balcones ni antepechos.

f) En los proyectos de construcción de edificios de nueva planta y de rehabilitación integral se preverá la preinstalación de aire acondicionado, individuales o colectivos.

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