El pasado 28 de julio de 2025, la jueza del Juzgado de los Social número 8 de Granada estimó la demanda interpuesta por un delegado sindical de CSIF contra el Ayuntamiento de Loja por incumplir la normativa de prevención de riesgos laborales en el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS), al no garantizar la dotación mínima de efectivos establecida en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Esa condena al consistorio lojeño será recurrida por los abogados municipales ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Se entiende que es una sentencia ‘pionera’ ya que, hasta ahora, ningún juzgado había obligado a una administración que gestionase este servicio a tener un número determinado de efectivos por turno.
El propio secretario de la sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Loja, Miguel Camacho, ha explicado a en el diario GRANADA HOY que esta sentencia es “una sentencia pionera en el ámbito de bomberos porque se concretiza el número de efectivos que tiene que haber en una intervención”. Es ahí donde se agarrará el Ayuntamiento de Loja para defender que la sentencia es única a nivel del país y que no existe ley que especifique el número mínimo de efectivos.
La jueza apoya su sentencia en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que obliga a las administraciones públicas a garantizar una protección eficaz a sus empleados, sin que puedan alegarse limitaciones presupuestarias u organizativas. En este sentido, la magistrada subraya que la infradotación reiterada constituye un incumplimiento “palmario” de la normativa vigente.
Esa postura se apoya en la información ya adelantada por EL CORTO, en que la Inspección de Trabajo daba de plazo hasta finales de agosto para subsanar hasta cinco infracciones calificadas de graves. Una de ella, la clave en esta denuncia, es la incoherencia entre la evaluación de riesgos y la planificación preventiva, requiriendo su revisión inmediata. Sin embargo, el consistorio no acreditó haber atendido dicho requerimiento, en la fecha del juicio a finales de julio, por lo que el documento de riesgos laborales pedía 6 bomberos mientras la planificación especifica 3.
Antonio Luis Gómez, concejal de Seguridad Ciudadana, afirma que esa dicotomía ya se ha subsanado, al igual que el resto de requerimientos de la inspección de trabajo. “Tan solo falta convocar el comité de seguridad y salud en este mes de septiembre”, afirma el edil. Lo más importante, dentro de esta sentencia, es que ya exista un criterio coherente entre ambos la evaluación de riesgos y la planificación preventiva.
El alcalde de Loja, Joaquín Camacho, ha defendido que, “respetando al máximo las sentencias judiciales”, el Ayuntamiento no está de acuerdo con esa sentencia y van a recurrirla. “Nos parece injusto que una jueza nos marque cuantos bomberos debemos tener por turno cuando en ningún apartado de ninguna ley nos dicen que deben de existir x bomberos por turno como mínimo”, ha explicado el regidor que entiende que este sería el primer caso de toda España. Camacho cree que, de ser así, eso debería de estar especificado en una ley que fuera igual para todos.
“Nosotros estamos tranquilos, somos conscientes que estamos ante una reivindicación laboral que está superando todos los límites permitidos, incluso las faltas de respeto y malas actitudes hacía determinados compañeros”, ha afirmado el primer edil reconociendo que respeta cada reivindicación “pero dentro de los cauces del respeto y la educación”. Para Camacho se está jugado “creando alarma social” con algo tan sensible. En este punto, lanza un mensaje de tranquilidad ya que opina que se cuenta con grandes profesionales, recursos y protocolos de actuación que garantizan actuar en caso de emergencia. Recuerda que Loja pertenece al Consorcio Provincial de Bomberos de Granada por lo que el apoyo de medios está garantizado. También recuerda que se invierten más de 1 millón de euros en el funcionamiento del parque lojeño y que se espera que en poco tiempo dependa de la Diputación con la consecuente mejora en su gestión.
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