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jueves, 25 de abril de 2024

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Turismo convoca el concurso de decoración de comercios para la Navidad

Las inscripciones pueden hacerse hasta el 14 de diciembre. El establecimiento ganador podrá elegir como premio entre un pack aventura o uno de descanso

El Ayuntamiento de Loja, a través del Área de Turismo, convoca el concurso de decoración de comercios durante la Navidad 2018/2019, con arreglo a las siguientes bases:

PRIMERA: El objetivo de las presentes bases es premiar la mejor decoración del Comercio de la ciudad de Loja en la Navidad del 2018/2019.

SEGUNDA: Podrán participar todos los establecimientos comerciales ubicados en el término municipal de Loja.

TERCERA: Los comercios participantes deberán tener instalada la decoración en el establecimiento desde el día 15 de diciembre del 2018 hasta el 6 de enero del 2019, ambos inclusive. El concurso irá dirigido a potenciar la ambientación de la ciudad en general, por lo que, la decoración no se limitará al escaparate, sino que podrá ampliarse el espacio decorativo a la puerta del comercio y zona de calle que afecte al establecimiento, sin que ello pueda suponer la instalación de elementos que por sus características o propiedades pudiesen impedir o dificultar la circulación de vehículos y/o peatones, ni poner en riesgo su seguridad. Con ellos se pretende potenciar el embellecimiento de los comercios en Navidad, fomentando así el ánimo a salir a la calle.

CUARTA: Para los comercios que quieran participar, se abre el plazo de inscripción desde el día 5 de diciembre de 2018 hasta las 13 horas del día 14 de diciembre de 2018, en las dependencias del Área de Turismo (Plaza de la Constitución, o Centro de Interpretación del Agua) o bien mediante correo electrónico a: info@lojaturismo.com o lojaturismo@gmail.com. En la inscripción constarán los siguientes datos del establecimiento: nombre y DNI/CIF del titular, nombre y dirección del establecimiento, y número de teléfono y e-mail de contacto.

QUINTA: Se establecen dos premios:

A. Primer premio, a elegir entre los diferentes pack:

– PACK AVENTURA. Se podrá elegir entre:

• AVENTURA EN AIRE otorgado por AIRBORN ADVENTURE PARAPENTE 622

577 021 y que consiste en un vuelo biplaza para una persona + 200 € en metálico.

• AVENTURA EN ROCA otorgado por SPORTNATURA 678 403 177 y que consiste en elegir entre Vía Ferrata / Descubrimiento de la Espeleología /Descenso de Barrancos para dos personas + 200 € en metálico.

– PACK DESCANSO: Circuito SPA LA BOBADILLA ROYAL HIDE AWAY 958 32 18 61 + 200€ en metálico.

B. Segundo premio: Publicidad en Onda Loja Radio de 30 cuñas de 30”, un faldón en el Corto de Loja y publicidad en Loja TV de 5 espacios publicitarios al día durante un mes.

Además de una visita guiada privada para el grupo que configure el ganador, siempre adaptándose al programa de visitas guiadas del Área de Turismo del Excmo. Ayuntamiento de Loja.

SEXTA: El jurado estará compuesto por una persona especialista en decoración, una persona del ámbito del comercio y una persona especialista en medios de comunicación y precedida por los Concejales Delegados de Fiestas y de Turismo, con voz y sin voto. Los miembros del Jurado serán designados por la Alcaldía.

El jurado visitará los comercios inscritos durante los días 18, 19 y 20 de diciembre del 2018.

Tras el fallo, el jurado levantará acta de los acuerdos adoptados, y estos podrán ser consultados a partir del día 21 de diciembre de 2018 por cualquier persona que así lo desee. Los premios serán concedidos por la Alcaldía con arreglo al fallo del Jurado.

SEPTIMA: La participación en este concurso implica la total aceptación de estas bases.

OCTAVA: Contra las presentes bases, así como contra las resoluciones administrativas que se dicten en aplicación de las mismas y que pongan fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente al derecho de los interesados.

No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo o el recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes, desde su interposición.

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